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Ángel Valencia, fiscal nacional: “No sería razonable que al perseguir a un Al Capone, pagara los impuestos al SII y vernos impedidos de llevarlo a la cárcel”

El titular del Ministerio Público profundiza en su solicitud al Congreso para modificar la exclusividad del ejercicio de la acción penal en materia tributaria, que hoy recae en Impuestos Internos.

Por: R. Carrasco y S. Valdenegro | Publicado: Lunes 10 de junio de 2024 a las 04:00 hrs.
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Foto: Jonathan Duran
Foto: Jonathan Duran

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Días vertiginosos ha enfrentado el Ministerio Público. Todo partió el lunes, cuando se decretó la prisión preventiva solicitada contra el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, por eventuales delitos de corrupción. Luego el jueves, dos hechos marcaron la agenda: la libertad decretada por un tribunal en Los Vilos a cinco miembros del Tren de Aragua, debido a la deficiente presentación de un abogado de la Fiscalía; y los dichos del fiscal general de Venezuela, Tarek William Saab, de que agentes chilenos habrían participado en el asesinato del exteniente Ronald Ojeda, además de mostrar su desconfianza hacia el trabajo de su par chileno.

“Son afirmaciones que no son habituales entre instituciones que tienen obligaciones de cooperación recíproca, particularmente en el ámbito de la justicia. Pero lo importante son los intereses de Chile (...) Vamos a seguir trabajando para evitar que el homicidio del teniente Ojeda quede impune”, afirma el fiscal nacional, Ángel Valencia, en una conversación donde profundiza en el oficio que envió a la comisión de Hacienda del Senado con propuestas de cambios al proyecto que refuerza el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. En ese marco, reflotó el interés respecto a que no sea solo el Servicio de Impuestos Internos (SII) la entidad que inicie acciones penales en temas de tributos.

“Si el servicio se restringe al menos en la fase administrativa solo a la recaudación, el SII no cuenta con toda la información necesaria para poder distinguir cuándo un cierto contribuyente forma parte de una organización criminal y nosotros tampoco nos enteramos de aquello si esa investigación sigue siendo reservada”.

- ¿Por qué volver a plantear este tema?

- A propósito de la cooperación en sede administrativa. En la investigación que se produce en el SII respecto a situaciones que revisten caracteres de delito, pero acerca de la cual el servicio no ha interpuesto denuncia ni querella, dijimos que la actual regulación no contribuye eficazmente al combate del crimen organizado.

Ahí, reiteramos la inconveniencia de que sea una decisión privativa que no requiera fundamento ni control judicial y que para el SII esté fundada exclusivamente en el propósito recaudatorio, y que aquella decisión no esté sujeta -a lo menos- a un control judicial respecto a la prevalencia o no de un interés público comprometido en la persecución penal.

- ¿Esto dificulta la persecución del crimen organizado?

- Si hoy sabemos que el crimen organizado se dedica a todas aquellas actividades ilícitas que le pueden reportar dinero y luego buscan penetrar la economía legal para blanquear sus activos, uno puede encontrar sociedades o emprendimientos privados que en realidad son de propiedad del crimen organizado.

Por ejemplo, hoy el principal desafío que enfrenta Italia es la penetración del crimen organizado en la economía legal. Ya no son actividades ilícitas, sino que fondos de inversión y otras actividades de esa naturaleza.

Por lo tanto, inevitablemente van a iniciar actividades, van a comenzar a tributar. Pero como no pierden su naturaleza, si advierten la posibilidad de seguir delinquiendo por la vía del fraude tributario, lo van a seguir haciendo.

Nos ocurre con mucha frecuencia que cuando estamos desbaratando bandas, por ejemplo, con el hurto de madera en el sur o las bandas que exportaban cobre robado desde Chile hacia el extranjero, muchas veces parte de los cargos más importantes en contra de estas bandas son infracciones tributarias. En ciertas situaciones, si el servicio se restringe al menos en la fase administrativa solo a la recaudación, el SII no cuenta con toda la información necesaria para poder distinguir cuándo un cierto contribuyente forma parte de una organización criminal y nosotros tampoco nos enteramos de aquello si esa investigación sigue siendo reservada y no compartimos información fluidamente.

- ¿Cómo suplir eso, entonces?

- Deberíamos contar con un sistema en el cual el SII estuviera obligado, tal como cualquier servicio público, a denunciar al Ministerio Público cada vez que constata la existencia de un hecho que reviste carácter de delito, y así el Ministerio Público también continuar con la investigación. Y, en caso de que exista una finalidad recaudatoria que el servicio estima prevalente, pudiera proponer un acuerdo reparatorio ante un tribunal sin necesidad de previa formalización del fiscal, bastando la simple querella del servicio, y que el Ministerio Público pudiere oponerse ante ese tribunal por la existencia de un interés público prevalente en la persecución penal.

De esa manera, otros intereses de la comunidad podrían prevalecer por sobre el propósito recaudatorio.

- ¿A qué atribuye que no se haya avanzado en esta solicitud?

- Nos parece que hoy, en el estado actual de cosas, no sería razonable que si Chile tuviera que perseguir a un tipo como Al Capone, pudiera pagarle los impuestos al SII y vernos impedidos de llevarlo a la cárcel por la comisión de esos delitos, a sabiendas de que proceden de una actividad ilícita y que hemos tenido dificultades para probar.

En consecuencia, ya esa circunstancia justificaría que exista un intercambio fluido de información entre el SII y la Fiscalía cuando se toma conocimiento de hechos que revisten caracteres de delito.

- Pero ustedes ya tienen firmado un convenio de intercambio de información, hace un año.

- La forma más eficaz de asegurar ese intercambio, es cuando usted le impone al servicio el mismo deber que cualquier institución pública de denunciar cuando constata la existencia de un hecho que reviste carácter de delito. Ahora, el dejar una herramienta de esta naturaleza en poder del servicio también nos expone a ciertas situaciones no deseadas o ciertos riesgos que se han querido prever con la creación del Ministerio Público.

- ¿Tales cómo?

- El Ministerio Público es autónomo para así prever, entre otras cosas, que la persecución penal no sea empleada para la persecución de los adversarios políticos, a diferencia de lo que ocurre en regímenes autoritarios.

Pero cuando usted deja que el SII pueda ejercer la acción penal a discreción, sin control judicial de la existencia de otros intereses en el control eventual de una institución que sí es autónoma, se expone al riesgo de que el ejercicio de la acción penal -y no estoy diciendo que así haya ocurrido- sea condicionado por las cercanías políticas.

Entonces, la Fiscalía puede verse expuesta a tener que perseguir a un grupo solo porque fue objeto de una denuncia, una querella; y no a otro grupo, sin poder entender con claridad cuáles son los fundamentos. La obligación general de denunciar contribuiría a evitar esa amenaza.

- ¿Pero esto nace de algún problema en la relación de trabajo con el SII?

- Quiero ser también franco, porque nobleza obliga. Hemos tenido una muy buena relación de trabajo con el SII. Durante mi período, hemos tenido una relación muy fluida de trabajo y que ha sido muy provechosa, por ejemplo, en las causas por el robo de madera en el sur o el robo de metales de cobre en la zona central. No quiero que mis palabras se entiendan en un sentido distinto, pero insisto en que estamos hablando de un diseño que no puede depender de quiénes son las personas que están a cargo de las instituciones. Y, desde ese punto de vista, me parece que en la forma como está diseñado nuestro sistema no contribuye apropiadamente a la incorporación del SII como un instrumento más del Estado en la persecución del crimen organizado.

- ¿Y han tenido algún feedback de parte del Ministerio de Hacienda?

- Durante esta gestión no nos hemos reunido con el Ministerio de Hacienda a propósito de este tema, pero ha sido un planteamiento reiterado del Ministerio Público.

¿Debe la FNE mantener la exclusividad penal en materia de libre competencia?

- ¿Y en los casos de libre competencia, es de la idea que la exclusividad del inicio de la acción penal no recaiga solo en la Fiscalía Nacional Económica?
- No es solo mi opinión personal, sino que es el parecer institucional.
Si aplicamos estrictamente las normas penales actualmente vigentes y el ámbito de competencia de la Fiscalía, es altamente probable que en el caso más reciente de colusión por el gas industrial, pasen muchos años hasta que la Fiscalía pudiese intervenir.
Y como usted sabe, mientras el tiempo pasa, la verdad huye. Justicia demorada, es justicia denegada y para evitar que tengamos una persecución penal que puede resultar casi una parodia de lo que se parece una respuesta más justa, me parece que el régimen actual no está bien diseñado y que las reglas debieran propender a una intervención más temprana del Ministerio Público.


Fiscalía afina acuerdo con bancos para tener turnos 24/7 para detectar movimientos urgentes de dinero

El fiscal nacional señala que hay que mejorar los tiempos de respuesta en materia de acceso a la información bancaria para evitar secuestros.

- ¿Qué evaluación tiene sobre cómo ha funcionado el secreto bancario? Ha sido un objeto permanente de debate a propósito del combate al crimen organizado.

- En el combate al crimen organizado, estamos todos involucrados y todos tenemos la responsabilidad, tanto la sociedad civil como el Estado. En el tiempo reciente, hemos avanzado en un acuerdo con la Asociación de Bancos para que tengamos un turno 24/7 de los bancos para que nos entreguen información acerca de movimientos bancarios con urgencia, lo que resulta especialmente útil en los casos de presunto secuestro.
El acuerdo aún no se ha firmado, pero se ha estado permanentemente trabajando en tres líneas: en la existencia de un canal único por cada banco para el ingreso de requerimientos fiscales, que ya está plenamente operativo.
Segundo, en el desarrollo de la plataforma, en lo que el área de Informática de la Fiscalía Nacional ha tenido varias reuniones de trabajo con los expertos de ciberseguridad de la banca. Y, tercero, en una iniciativa para crimen organizado de canal operativo 24/7 bancario, que ya está acordado entre la Unidad Especializada en Crimen Organizado, Tráfico Ilícito de Drogas, Armas y Personas, de Homicidio y Lavado de Activos Asociado (UCOD) y la banca, cuyo protocolo de uso está para aprobación de los fiscales de la banca.
El esclarecimiento de los delitos no solo pasa por trabajo estatal, sino muchas veces también por cooperación de privados que tienen información que puede ser útil. El ejemplo son los movimientos bancarios y hemos tenido colaboración de parte de los bancos en ese punto.
- ¿Cuál es el mayor desafío ahí?
- También tenemos que avanzar en un asunto que para nosotros resulta muy sensible, para que nos entreguen información en un formato estandarizado. Porque si los bancos no nos entregan información en formato estandarizado, perdemos mucho tiempo en la incorporación de la información.
Hasta la fecha, hemos seguido trabajando sobre la base de las reglas que están disponibles y con eso hemos hecho nuestro trabajo. Siempre se pueden perfeccionar, siempre se pueden mejorar las reglas.
Por ejemplo, los tiempos de demora en la respuesta para los casos de secuestro resultan críticos para nosotros, que pudiéramos tener la información pronto para poder identificar dónde se puede encontrar una persona que está eventualmente operando con su tarjeta. Lo mismo para los prófugos.

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